:::: MENU ::::

CAS

Consultores Asociados en Servicios Integrales S.A.S.

6 certificaciones que los revisores fiscales y/o contadores públicos deben emitir desde el año 2014

  • Ago 08 / 2015
  • 0
Generalidades

6 certificaciones que los revisores fiscales y/o contadores públicos deben emitir desde el año 2014

Las certificaciones que deben emitir los profesionales contables giran alrededor de temas como saldos a favor en renta o IVA, empleados cobradores de salarios o servicios, empresas que quieran adquirir insumos excluidos del IVA y elaboración de documentación comprobatoria, entre otros.

Con la gran cantidad de decretos reglamentarios que se expidieron a finales del año 2012 y durante el 2013, con el fin de reglamentar especialmente los grandes cambios de la Reforma Tributaria, Ley 1607 de diciembre 2012, o para controlar los fraudes en los procesos de solicitudes de devoluciones de saldos a favor, los contadores y/o revisores fiscales, desde el año inmediatamente anterior, han venido expidiendo nuevas y variadas certificaciones para diversos trámites tributarios. Aquí, un listado.

1. Procesos de solicitud de devolución o compensación de saldos a favor en renta o IVA

Los artículos 3, 4 y 5 del Decreto 2277 de noviembre del 2012, el cual fue modificado con el Decreto 2877 de diciembre del 2013, establece múltiples certificaciones de contador y/o revisor fiscal para los procesos de solicitudes de devolución o compensación de saldos a favor en renta o en IVA. En el Decreto 2277 del 2012 no se indicaron los pasos para hacer una solicitud de devolución o compensación de un saldo a favor en la declaración anual del CREE, pues los mismos quedaron mencionados en los artículos 7 a 14 del Decreto 2701 de noviembre 22 del 2013 y en el artículo 10 de dicho decreto se vuelven a mencionar certificaciones de contador como documento necesario en ese proceso.

2. Para un empleado cobrador de salarios o servicios

El parágrafo 3 del artículo 2 del Decreto 099 de enero del 2013 menciona que se requerirán ciertas certificaciones especiales de contador público para que un empleado, cobrador de salarios o de servicios, pueda sustentar que sí tiene los tipos de dependientes especiales mencionados en el artículo 387 del ET, y así pueda disminuir la base de su retención mensual básica a título de renta.

3. Para que la empresa adquiera insumos excluidos del IVA

Los artículos 3, 4, 8 y 23 del Decreto 1794 de agosto del 2013 mencionan diferentes tipos de certificaciones a cargo del contador o revisor fiscal, y con ello lograr que la empresa sí pueda adquirir ciertos insumos como excluidos de IVA, o para que a los Bancos de Alimentos les puedan donar ciertos bienes como excluidos de IVA, o para que aquellos que tengan seis períodos consecutivos que forman saldos a favor en su IVA, le pidan a la DIAN que sus clientes le hagan menos retención de IVA, y hasta certificación en caso de que un declarante de IVA tenga que cambiar de periodicidad de un año a otro por culpa de variación en su nivel de ingresos brutos anuales.

4. Para eliminar del RUT la responsabilidad de ser régimen común

“se requerirá de certificación especial de contador o revisor fiscal cuando se quiera eliminar en el RUT la responsabilidad de pertenecer al régimen común.”

En el parágrafo 3 del artículo 13 del Decreto 2460 de noviembre del 2013, el cual empezó a regular todos los procesos de inscripción, actualización y/o cancelación del RUT, se menciona que se requerirá de certificación especial de contador o revisor fiscal cuando se quiera eliminar en el RUT la responsabilidad de pertenecer al régimen común.

5. Para comprobar que una persona natural fue o no residente en Colombia

En el artículo 5 del Decreto 3028 de diciembre 27 del 2013, con el cual se reglamentaron las normas de los artículos 10 y 12-1 del ET, se estableció que para probar que una persona natural, en Colombia fue o no residente por un determinado año fiscal ante el Gobierno colombiano, por haber poseído el 50% o más de sus activos, porque el 50% o más de sus activos fueron administrados en Colombia o porque obtuvo 50% o más de sus ingresos brutos; en ese caso se requerirán certificaciones de contador.

6. Para elaborar la documentación comprobatoria

En el parágrafo 4 del artículo 4 del Decreto 3030 de diciembre 27 del 2013, con el cual se reglamentaron las normas de los artículos 260-1 a 260-11 del ET sobre el régimen de precios de transferencia, todos ellos modificados con la Ley 1607 del 2012, se estableció que si la entidad o persona natural obligada a elaborar la documentación comprobatoria no cuenta con revisor fiscal que certifique la información contenida en dicho documento, en ese caso la certificación la realizará un contador público.

Fuente: http://actualice.se/8lxt

Leave a comment

Como hacer para Contactarnos