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Se acerca el pago de las cesantías e interés de cesantias

Economia, Generalidades

Se acerca el pago de las cesantías e interés de cesantias

¿Qué son las cesantías?

Las cesantías son una prestación social que contempla la legislación laboral colombiana que busca proteger de alguna forma al trabajador que queda “cesante”, es decir, aquel trabajador que queda desempleado o que simplemente se le termina el contrato de trabajo, lo cual no siempre implica que quede desempleado, pero la ley así lo ha supuesto.

El fin de esta prestación es  para que el trabajador lo utilice en los siguientes casos:

  • Cuando esté desempleado
  • Para invertirlas en el pago de sus estudios, el de su cónyuge o compañera o el de sus hijos
  • Para compra, mejora o liberación de gravámenes de su vivienda o de su cónyuge o compañero permanente

Las cesantías corresponden a un mes de salario por cada año laborado o proporcional al tiempo laborado si es inferior.

¿Sobre qué base se liquidan la cesantías?

El salario base para liquidar las cesantías está definido en el artículo 253 del código laboral y allí se distinguen dos bases distintas:

  1. Salario que no ha tenido variación en los últimos 3 meses
  2. Salario que ha tenido variación en los últimos 3 meses y salario variable

En el primer caso la base será el monto del salario del trabajador.

En el segundo caso hay que promediar el salario de los últimos 12 meses o los que sean  si el tiempo de vinculación es menor a la fecha de la liquidación de las cesantías.

¿Cómo se liquidan las cesantías?

Para la liquidación de cesantías se utiliza la siguiente formula:

Salario base x días laborados/360

El salario base se multiplica por los días trabajados, y ese resultado se divide entre 360, que son los días del año laboral.

Ejemplo: El trabajador ingresa el 15 de febrero de 2015 con un salario de $1.600.000. Liquidar las cesantías a 31 de diciembre de 2015.

Salario base: 1.600.000

Días laborados: 315

Procedemos a llevar esos valores a la fórmula:

(1.600.000 x 315)/360 = 1.400.000

Es decir, que a este trabajador se le consignaran $1.400.000 de cesantías

¿Cuándo se pagan las cesantías?

Las cesantías se deben liquidar y pagar anualmente durante la vigencia del contrato de trabajo, y al momento de la finalización del contrato de trabajo.

En el primer caso, las cesantías se deben consignar en el fondo de cesantías al que esté afiliado el trabajador. En el segundo caso las cesantías se pueden pagar directamente al trabajador.

Durante la vigencia del contrato de trabajo, el empleador tiene plazo hasta el 14 de febrero del año siguiente para consignar las cesantías en el fondo. Las cesantías que debe consignar son las causadas y liquidadas a 31 de diciembre.

Cuando el contrato de trabajo se termina, el empleador debe pagar las cesantías directamente al trabajador el mismo día en que liquida el contrato de trabajo. No hay plazo alguno. Una vez el contrato de trabajo termina, se pagarán todos los conceptos adeudados al trabajador, no importa si el contrato termina por justa causa o no.

¿Qué son los intereses de cesantías?

Es una prestación social la cual es percibida directamente por el trabajador sin la intermediación de ningún tercero y no se encuentra establecida para ninguna destinación específica, dado que son el reconocimiento financiero que hace el empleador por la retención del dinero correspondiente a las cesantías durante el año o en caso de terminación del contrato sería el tiempo de la prestación del servicio.

¿Sobre qué base se liquidan los intereses de cesantías?

Para poder saber cuál es el valor de los intereses de las cesantías que se van a pagar a los trabajadores, es necesario que previamente se liquide el valor de las cesantías, ya que la base para saber los interés de cesantías son las cesantías mismas por un porcentaje que  corresponde a un 12% sobre los saldos que a 31 de diciembre de cada año o al finalizar la relación laboral.

¿Cómo se liquidan las cesantías?

Para la liquidación de interés de cesantías se utiliza la siguiente formula:

Valor de las cesantías x días laborados x 0.12 /360

El valor que dio por cesantías se multiplica por los días trabajados, y ese resultado se divide entre 360, que son los días del año laboral.

Ejemplo: El trabajador que ingresó el 15 de febrero de 2015 con un salario de $1.600.000, al que le dio $1.400.000 de cesantías. Liquidar el interés de cesantías al 31 de diciembre 2015.

Salario base: 1.600.000

Días laborados: 315

Valor de las cesantías: (1.600.000 x 315 )/360 = 1.400.000

Procedemos a llevar estos valores a la formula.

 (1.400.000 x 315 x 0.12 )/360 = 147.000

Es decir, que a este trabajador se le debe pagar el valor de $147.000 por interés de cesantías.

¿Cuándo se pagan los intereses de cesantías?

A diferencia de las cesantías, las cuales deben ser consignadas en el fondo, los intereses se pagan directamente al trabajador.

Decreto 1072 del 2015. “Artículo 2.2.1.3.13. Consignación cesantías y pago intereses de cesantías. El valor liquidado por concepto de auxilio de cesantía se consignará en el fondo de cesantía que el trabajador elija, dentro del término establecido en el ordinal 3 del artículo 99 de la Ley 50 de 1990.

El valor liquidado por concepto de intereses, conforme a lo establecido en la Ley 52 de 1975, se entregará directamente al trabajador dentro del mes siguiente a la fecha de liquidación del auxilio de cesantía”.

 

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